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¿Cuánto te puedes deducir de verdad de la casa, el coche y las comidas?
Son los tres gastos que más dudas generan y los tres que tienen reglas exactas. Aquí no sumamos tickets: te decimos cuánto es deducible en IRPF, cuánto en IVA —que casi nunca es lo mismo— y, sobre todo, cuánto dinero te ahorras realmente, que no es lo que te has gastado.
Estos son los tres gastos con reglas de cálculo propias: un porcentaje, un tope o una presunción legal que se puede aplicar con una fórmula. Los demás se deducen o no según cumplan los requisitos generales, y los tienes explicados uno a uno en la guía completa de gastos deducibles del autónomo →
De dónde sale
Lo que tienes que vigilar
Deducir 1.000 € no te ahorra 1.000 €
Es el malentendido más extendido entre autónomos. Un gasto deducible no te devuelve su importe: reduce el beneficio sobre el que pagas IRPF, así que lo que te ahorras es tu tipo marginal aplicado a ese gasto. Con un rendimiento neto de 30.000 € el tipo marginal de referencia es el 30 %, de modo que 1.000 € de gasto deducible se traducen en unos 300 € menos de impuestos. Por eso esta calculadora termina siempre en la misma cifra: el ahorro real.
La casa: dos reglas distintas que casi nadie separa
Si trabajas en tu vivienda habitual hay dos tratamientos diferentes según el tipo de gasto, y mezclarlos es el error más común.
| Tipo de gasto | Cuánto se deduce |
|---|---|
| Suministros: luz, agua, gas, telefonía e internet | El 30 % aplicado a la proporción de metros afectos, «salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior» (art. 30.2.5ª.b de la Ley del IRPF) |
| Titularidad: IBI, comunidad, amortización, seguro | En proporción a la parte de la vivienda afectada y a tu porcentaje de titularidad, sin el 30 % |
| Alquiler de la vivienda | En proporción a la parte exclusivamente afectada a la actividad |
El ejemplo oficial de la Agencia Tributaria: un abogado destina 40 m² de una vivienda de 100 m². La proporción es del 40 %; el porcentaje de deducción, el 30 % de ese 40 %, es decir un 12 %. Con 5.000 € de suministros al año, deducibles 600 €. Esta calculadora reproduce ese ejemplo exactamente.
Dos matices que se pasan por alto. El primero: el 30 % admite prueba en contrario, así que si puedes acreditar un uso mayor, la norma lo permite. El segundo: los gastos de la línea de móvil solo son deducibles si la línea se usa exclusivamente para la actividad, y el terminal se deduce vía amortización.
El coche: la misma factura, dos respuestas opuestas
Es el caso que mejor demuestra por qué no se puede hablar de «gastos deducibles» sin decir de qué impuesto se habla. En IVA la ley presume que un turismo está afecto al 50 %. En IRPF, en cambio, un turismo solo es un elemento afecto si se usa exclusivamente en la actividad: si le das uso particular, aunque sea accesorio, la deducción en IRPF es cero.
| Impuesto | Con uso particular | Norma |
|---|---|---|
| IVA | Se presume el 50 % de afectación. Alcanza también a combustible, recambios, reparaciones, peajes y aparcamiento | Art. 95.Tres.2ª y 95.Cuatro de la Ley del IVA |
| IRPF | Nada. Los turismos solo son elementos afectos si se usan exclusivamente para la actividad, «ni siquiera aunque dicha utilización sea accesoria y notoriamente irrelevante» | Arts. 29 de la Ley y 22.4 del Reglamento del IRPF |
Hay actividades exceptuadas, pero las dos listas no coinciden, y eso sorprende incluso a quien lleva años cotizando.
| Actividad | IVA al 100 % | Afecto en IRPF pese al uso privado accesorio |
|---|---|---|
| Vehículo mixto de transporte de mercancías | Sí | Sí |
| Transporte de viajeros con contraprestación | Sí | Sí |
| Enseñanza de conductores o pilotos | Sí | Sí |
| Representantes o agentes comerciales | Sí | Sí |
| Cesión de uso con habitualidad y onerosidad | No aparece | Sí |
| Servicios de vigilancia | Sí | No aparece |
| Fabricantes en pruebas y demostraciones | Sí | No aparece |
Y el 50 % del IVA no es un cheque en blanco: la ley exige acreditar el grado de utilización por cualquier medio de prueba, y dice expresamente que no basta con haberlo declarado ni con tenerlo contabilizado. Si el uso real resulta distinto, la deducción se regulariza.
Las comidas: cuatro requisitos y un tope diario
Los gastos de manutención del propio autónomo son deducibles, pero con condiciones estrictas: han de ser gastos propios, producirse en el desarrollo de la actividad, realizarse en establecimientos de restauración y hostelería, pagarse por medio electrónico y no superar los límites diarios de las dietas.
| Situación | España | Extranjero |
|---|---|---|
| Sin pernoctar en municipio distinto | 26,67 €/día | 48,08 €/día |
| Pernoctando en municipio distinto | 53,34 €/día | 91,35 €/día |
El exceso sobre esos importes no es deducible, y el municipio tiene que ser distinto del lugar de trabajo habitual y del de residencia. Pagar en efectivo tumba la deducción entera, por mucho que conserves el ticket.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto me puedo deducir de la luz si trabajo en casa?
El 30 % aplicado a la proporción entre los metros destinados a la actividad y la superficie total de la vivienda. Si dedicas 15 m² de una casa de 100, la proporción es el 15 % y el porcentaje deducible el 4,5 %. La regla está en el artículo 30.2.5ª.b de la Ley del IRPF y admite prueba en contrario.
¿Puedo deducir el coche siendo autónomo?
Depende del impuesto. En IVA se presume una afectación del 50 % para turismos, motocicletas y ciclomotores. En IRPF, un turismo solo es deducible si se usa exclusivamente para la actividad: con uso particular, aunque sea ocasional, la deducción en IRPF es cero, salvo actividades exceptuadas como taxi, autoescuela o agente comercial.
¿La gasolina se deduce al 50 % también?
Sí en IVA. El artículo 95.Cuatro de la Ley del IVA extiende la misma regla a accesorios y recambios, combustibles y carburantes, aparcamiento y peajes, y a las reparaciones del vehículo. En IRPF siguen la suerte del vehículo: si el coche no está afecto, su combustible tampoco.
¿Cuánto puedo deducir por comidas al día?
26,67 € al día en España sin pernoctar y 53,34 € pernoctando en municipio distinto. En el extranjero, 48,08 € y 91,35 € respectivamente. Hace falta pagar por medio electrónico y que el gasto se produzca en establecimientos de restauración y hostelería.
¿Deducir un gasto me devuelve ese dinero?
No. Un gasto deducible reduce el rendimiento neto sobre el que se calcula el IRPF, así que el ahorro es el importe del gasto multiplicado por tu tipo marginal. Con un tipo marginal del 30 %, un gasto de 1.000 € supone unos 300 € menos de impuestos, no 1.000.
¿Puedo deducir el móvil?
Los gastos de una línea de telefonía móvil son deducibles en la medida en que la línea se utilice exclusivamente para la actividad económica. El terminal se deduce por la vía de la amortización, aplicando a su valor de adquisición el coeficiente que corresponda.
Calculadora orientativa basada en la normativa vigente. El tipo marginal se calcula con una escala general de referencia; el tramo autonómico varía según tu comunidad. No sustituye al asesoramiento profesional ni a la comprobación de la Agencia Tributaria.
