Dar de alta a un trabajador en la Seguridad Social

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¿Cuánto te cuesta de verdad contratar a un trabajador en 2026?

El sueldo que pactas con alguien no es lo que te cuesta. Encima del bruto va la cuota de la empresa a la Seguridad Social, que en 2026 suma entre un 32% y un 38,5% según el contrato y la actividad. Responde a nueve preguntas y te damos el coste mensual, el anual, el desglose concepto a concepto y las bonificaciones que podrían corresponderte.

1. ¿Qué salario bruto anual vas a pagarle?

El bruto completo del año, con las pagas extra incluidas. Si aún no lo tienes cerrado, pon una cifra aproximada: siempre puedes repetir el cálculo.

€ brutos al año

Referencia: el salario mínimo de 2026 son 17.094 € brutos al año a jornada completa (1.221 € en 14 pagas).

2. ¿Qué jornada va a hacer?

Nos sirve para comprobar que el salario que has puesto respeta el mínimo legal que le corresponde a esa jornada.

3. ¿Qué tipo de contrato vas a hacerle?

El contrato temporal cotiza más por desempleo: un 6,70% frente al 5,50% del indefinido.

4. ¿En qué grupo de cotización encaja el puesto?

Es la categoría profesional con la que se le da de alta. Cada grupo tiene su propia base mínima de cotización, y equivocarse aquí es uno de los fallos más habituales.

5. ¿Qué va a hacer exactamente en su puesto?

La prima de accidentes de trabajo depende de la actividad de tu empresa según la nueva tarifa de 2026, que ya va por CNAE-2025. Elige lo que más se parezca y te damos una estimación.

6. ¿De dónde viene la persona a la que vas a contratar?

Aquí es donde aparecen las bonificaciones: la Seguridad Social te descuenta una cantidad fija al mes de tu cuota según a quién contrates.

7. ¿Tiene reconocida una discapacidad del 33% o más?
8. ¿Es un contrato nuevo o estás transformando uno que ya existe?
9. ¿Ya estás inscrito como empresario en la Seguridad Social?

Es el CCC: el número que te asigna la Tesorería para poder tener trabajadores a tu cargo. Sin él no se puede dar de alta a nadie.

10. ¿Cuándo vas a tramitar el alta?

Cuánto cuesta un trabajador por encima de su sueldo

Cuando le dices a alguien «te ofrezco 24.000 € brutos», esa cifra es lo que aparece en su contrato, no lo que sale de tu cuenta. Encima del bruto tú pagas la cuota patronal a la Seguridad Social, que es un porcentaje sobre la base de cotización y que en 2026 se mueve, sumando todos los conceptos, entre un 32,15% para un indefinido de oficina y algo más del 38% para un temporal en obra.

Traducido: ese trabajador de 24.000 € te cuesta en realidad entre 31.700 € y 33.250 € al año. Y esa diferencia no es negociable ni depende de tu convenio: son tipos fijados por la Orden de cotización del ejercicio.

Tipos de cotización 2026 del Régimen General

Porcentajes que se aplican sobre la base de cotización mensual, separando lo que paga la empresa de lo que se le retiene al trabajador en la nómina. Vigentes en 2026.
ConceptoEmpresaTrabajador
Contingencias comunes23,60%4,70%
Desempleo · contrato indefinido5,50%1,55%
Desempleo · contrato temporal6,70%1,60%
FOGASA0,20%
Formación profesional0,60%0,10%
MEI0,75%0,15%
Accidentes de trabajo y enfermedad profesionalSegún la actividad
Total sin accidentes · indefinido30,65%6,50%
Total sin accidentes · temporal31,85%6,55%

El MEI es el concepto que más ha subido estos años: nació en 2023 con un 0,60% y en 2026 ya está en el 0,90% repartido, del que tú asumes el 0,75%. Está previsto que siga creciendo hasta 2029, así que conviene tenerlo en cuenta cuando calculas costes a varios años vista.

La prima de accidentes de trabajo cambió en 2026

Desde el 1 de enero de 2026 la tarifa de primas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplica según la clasificación CNAE-2025, que sustituye a la de 2009. No es una subida general: es una reclasificación que afina mucho más por sector, con códigos de cuatro dígitos que antes no existían.

Dos referencias útiles: el personal que hace trabajo exclusivamente de oficina cotiza al 1,50%, y la construcción genérica se va al 6,70%. Entre medias hay decenas de tipos. Esta prima la paga íntegramente la empresa y su porcentaje exacto depende del CNAE con el que estés dado de alta, no del puesto concreto de cada persona, salvo en las ocupaciones del llamado cuadro II.

El suelo y el techo: bases mínima y máxima de cotización

Límites de la base de cotización mensual en el Régimen General durante 2026.
LímiteImporteQué significa
Base mínima general1.424,40 €/mesAunque pagues menos, cotizas por esta cantidad. Se reduce en proporción si la jornada es parcial.
Base máxima5.101,20 €/mesPor encima de esta cifra no se cotiza de forma ordinaria; entra la cuota de solidaridad.
Salario mínimo1.221 €/mes en 14 pagas17.094 € brutos al año a jornada completa. Ningún contrato puede pagar menos.

Los grupos 1, 2 y 3 tienen además bases mínimas propias más altas que la general. Si contratas a alguien con titulación universitaria por un sueldo ajustado, puede darse la situación de que cotices por más de lo que le pagas. Merece la pena comprobarlo antes de firmar el contrato, no después.

Qué pasa si el sueldo supera los 5.101,20 € al mes

Sobre el exceso de la base máxima se aplica la cotización adicional de solidaridad, que en 2026 va por tres tramos: un 1,15% hasta 5.611,32 €, un 1,25% hasta 7.651,80 € y un 1,46% a partir de ahí. De ese porcentaje, la empresa paga en torno a cuatro quintas partes. En salarios altos la cifra no es enorme, pero conviene no olvidarla al presupuestar.

Bonificaciones: cuándo el Estado te paga parte de la cuota

Desde el Real Decreto-ley 1/2023 las bonificaciones a la contratación ya no son porcentajes sobre la cuota, sino cantidades fijas en euros al mes. Ese cambio las hizo mucho más fáciles de calcular y, de paso, más pequeñas de lo que mucha gente recuerda.

Importes de referencia de las principales bonificaciones a la contratación indefinida. Son orientativos: el importe exacto depende de la modalidad concreta y hay que confirmarlo antes de aplicarlo.
Situación de la persona contratadaReferenciaDuración
Parado de larga duraciónEn torno a 110 €/mes3 años
Parada de larga duración, mujer o mayor de 45En torno a 128 €/mes3 años
Exclusión social o víctima de violencia de géneroEn torno a 128 €/mesHasta 4 años
Transformación de contrato formativo o de relevoEntre 128 y 147 €/mes3 años
Persona con discapacidadRégimen propio, más altoVariable

Las tres condiciones que tumban una bonificación: hay que mantener el empleo durante el periodo bonificado (tres años en la mayoría de casos), estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social, y no haber hecho despidos declarados improcedentes en los meses anteriores. Si incumples, la Seguridad Social te reclama lo bonificado con recargo. No es una ayuda que te dan y te olvidas.

Los errores que más caros salen al dar de alta a un trabajador

  1. Dar el alta después de que empiece a trabajar. El alta tiene que estar hecha antes del inicio de la prestación de servicios, y se puede tramitar hasta 60 días antes. Hacerlo tarde es una infracción grave, con sanción económica y con el agravante de que si esa persona se lesiona el primer día, respondes tú de la prestación.
  2. Contratar sin haberte inscrito antes como empresario. Necesitas un código de cuenta de cotización propio. No es el mismo trámite que tu alta de autónomo y mucha gente descubre que le falta el mismo día que quiere incorporar a alguien.
  3. Elegir mal el grupo de cotización. Encajar a un titulado en el grupo 5 porque cotiza menos sale barato hasta la primera inspección. La reclamación de diferencias viene con recargo y con intereses.
  4. Presupuestar solo el bruto. Es el error que más negocios pequeños ahoga: se contrata mirando el sueldo y el tercer mes aparece una cuota que nadie había metido en la cuenta.
  5. Aplicarse una bonificación sin comprobar los requisitos. Marcar la casilla es fácil; devolver tres años de bonificación con recargo, menos.
  6. Olvidar el convenio colectivo. El salario mínimo legal es un suelo, pero tu convenio sectorial puede fijar uno más alto para esa categoría, y ese es el que manda.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto le cuesta a una empresa un trabajador que cobra 1.500 € al mes?

Con 1.500 € brutos mensuales prorrateados, la base de cotización son 1.500 € y la cuota de la empresa ronda los 480 € al mes en un contrato indefinido de oficina, aplicando el 30,65% de conceptos generales más un 1,50% de accidentes de trabajo. El coste total para la empresa sería de unos 1.980 € al mes, algo menos de 23.800 € al año. En un contrato temporal o en una actividad de más riesgo la cifra sube.

¿Qué porcentaje paga la empresa a la Seguridad Social en 2026?

Sumando contingencias comunes (23,60%), desempleo (5,50% en indefinido o 6,70% en temporal), FOGASA (0,20%), formación profesional (0,60%) y MEI (0,75%), la empresa paga un 30,65% en contratos indefinidos y un 31,85% en temporales. A eso hay que añadirle la prima de accidentes de trabajo, que va desde el 1,50% del trabajo de oficina hasta el 6,70% de la construcción genérica.

¿Con cuánta antelación hay que dar de alta a un trabajador?

El alta se puede tramitar hasta 60 días naturales antes de que la persona empiece a trabajar, y como muy tarde tiene que estar hecha antes del inicio de la prestación de servicios. Dar el alta una vez que la persona ya ha empezado es una infracción grave de la normativa de Seguridad Social.

¿Necesito algo antes de poder contratar a mi primer trabajador?

Sí: tienes que inscribirte como empresario en la Tesorería General de la Seguridad Social y obtener un código de cuenta de cotización. Es un trámite distinto de tu propia alta como autónomo y sin él no puedes dar de alta a nadie. Además necesitas tener contratada la cobertura de accidentes de trabajo con una mutua y cumplir con las obligaciones de prevención de riesgos laborales.

¿Cuál es la base mínima de cotización en 2026?

La base mínima general del Régimen General es de 1.424,40 € al mes, que se corresponde con el salario mínimo de 1.221 € en catorce pagas una vez prorrateadas. Si la jornada es parcial, la base mínima se reduce en proporción a las horas. Los grupos de cotización 1, 2 y 3 tienen bases mínimas propias superiores a la general.

¿Las bonificaciones por contratar reducen mucho el coste?

Menos de lo que suele pensarse. Desde el Real Decreto-ley 1/2023 son cantidades fijas: las más habituales están entre 110 y 147 € al mes durante tres años, lo que supone rebajar la cuota patronal en torno a un 20-25% en salarios bajos y bastante menos en salarios medios. Las bonificaciones por contratar a personas con discapacidad tienen un régimen propio y son claramente más altas.

¿Qué se le descuenta al trabajador de su nómina?

Por Seguridad Social, un 6,50% en contrato indefinido y un 6,55% en temporal: contingencias comunes (4,70%), desempleo (1,55% o 1,60%), formación profesional (0,10%) y MEI (0,15%). Aparte va la retención de IRPF, que no es un porcentaje fijo: depende de su salario, de su situación familiar y de sus circunstancias personales.

Yomando.es
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