Tarifa plana para autónomos

Tarifa plana autónomos

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¿Tienes derecho a la tarifa plana de 80 € de autónomos?

La tarifa plana deja tu cuota de autónomo en 80 € al mes (88,64 € con el MEI incluido) durante el primer año, y hasta un segundo año más si tus rendimientos no superan el SMI. No la tiene todo el mundo y se pide en el momento del alta. Responde y sal de dudas.

1. ¿En qué momento estás?
2. ¿Cuándo fue la última vez que estuviste de alta como autónomo?
3. ¿Ya disfrutaste de la tarifa plana en el pasado?
4. ¿Vas a ser autónomo colaborador?

Es decir, trabajar en el negocio de un familiar que es el titular.

5. ¿Tienes deudas con la Seguridad Social o con Hacienda?
6. ¿Vas a compaginarlo con un trabajo por cuenta ajena?
7. ¿Cómo te vas a dar de alta?
8. ¿Estás en alguna de estas situaciones?
9. ¿Cuánto esperas ganar (beneficio, no facturación) el primer año?

El SMI de 2026 está en 17.094 € anuales.

10. ¿Ya te has dado de alta en Hacienda (modelo 036 o 037)?

Qué es la tarifa plana de autónomos

Es una bonificación en la cuota de la Seguridad Social para quien empieza como autónomo. En su formato actual, vigente desde 2023, deja la cuota en 80 € al mes durante los primeros 12 meses. A esa cuota se le suma el MEI, del 0,9% en 2026, así que el recibo real que verás en tu cuenta es de 88,64 € al mes.

Requisitos para la tarifa plana en 2026

Requisitos de acceso a la cuota reducida para nuevos autónomos
RequisitoQué significa
2 años sin ser autónomoNo haber estado de alta en el RETA en los 2 años inmediatamente anteriores.
3 años si ya la tuvisteSi ya disfrutaste la tarifa plana antes, el plazo sube a 3 años sin alta.
No ser colaboradorEl autónomo colaborador queda fuera: no es él quien responde de su cuota.
Sin deudasEstar al corriente con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.
Pedirla en el altaSe marca la casilla de la bonificación al tramitar el alta en el RETA.
Orden de los trámitesPrimero Seguridad Social, después Hacienda. Al revés, el sistema puede entender que ya estabas de alta.

Cuánto pagas y durante cuánto tiempo

Duración e importe de la tarifa plana según tu situación
PeriodoCuotaCondición
Meses 1 a 1280 € + MEI = 88,64 €Sin condición de ingresos. Se aplica desde el alta.
Meses 13 a 2480 € + MEI = 88,64 €Solo si tus rendimientos netos quedan por debajo del SMI. Hay que pedir la prórroga.
Hasta 5 añosCuota reducida ampliadaDiscapacidad ≥33%, víctimas de violencia de género o de terrorismo, sin superar el SMI.

La prórroga no es automática. Se solicita en el portal Importass de la Seguridad Social antes de que termine el primer año, con una declaración responsable de que tus rendimientos previstos no superarán el SMI. Si se te pasa la fecha, pierdes el segundo año.

La cuota cero: cuando la comunidad autónoma te devuelve lo pagado

La cuota cero es una ayuda autonómica compatible con la tarifa plana: la comunidad te reintegra lo que has pagado de cuota durante el primer año de actividad y, en algunos casos, también el segundo. El resultado práctico es que tu coste de cuota se queda en cero.

El matiz importante: no está activa en todas las comunidades ni todos los años. Se aprueba, se amplía, se agota el presupuesto o se retira según el ejercicio, y cada convocatoria tiene sus propios plazos y requisitos. Por eso conviene confirmar con alguien que lo esté tramitando a diario si en tu comunidad está disponible ahora mismo y si tu caso encaja.

Cómo se solicita, paso a paso

  1. Alta en la Seguridad Social (RETA) marcando la casilla de la bonificación.
  2. Alta en Hacienda con el modelo 036 o 037. Siempre después, nunca antes.
  3. Comprueba tu primer recibo: si cumples los requisitos, la bonificación se aplica sola.
  4. Antes del mes 12, pide la prórroga en Importass si tus rendimientos van a quedar bajo el SMI.
  5. Pregunta por la cuota cero de tu comunidad autónoma: puede dejarte la cuota en 0 €.

Preguntas frecuentes

¿Son 80 € exactos al mes?

La bonificación fija la cuota en 80 €, pero encima se suma el MEI (0,9% en 2026), así que el cargo real es de 88,64 € al mes. Es la cifra oficial que publica la Seguridad Social.

¿Puedo tenerla si soy autónomo societario?

Sí. Desde 2020 la Seguridad Social reconoce la tarifa plana a los autónomos societarios que cumplan las mismas condiciones que una persona física.

¿Y si soy autónomo colaborador?

La tarifa plana no aplica, porque quien responde de la cuota es el autónomo titular del negocio. Los colaboradores tienen sus propias bonificaciones en la cotización, distintas de esta.

Estoy en pluriactividad, ¿qué me conviene?

Si trabajas por cuenta ajena y además eres autónomo, normalmente eliges entre la tarifa plana o la reducción específica por pluriactividad, que puede durar hasta 3 años según tu jornada como asalariado. Cuál sale mejor depende de tus ingresos y de tu contrato: se calcula caso por caso.

¿Qué pasa si supero el SMI el segundo año?

Pierdes el derecho a prorrogar la tarifa plana y pasas a cotizar por el sistema de rendimientos reales. Por eso conviene llevar controlados ingresos y gastos: la previsión hay que hacerla bien.

¿La cuota cero es compatible con la tarifa plana?

Sí, están pensadas para sumarse: la tarifa plana rebaja la cuota estatal y la cuota cero autonómica te devuelve lo pagado. La disponibilidad depende de tu comunidad y del año en curso.

Me di de alta y no me la aplicaron, ¿puedo hacer algo?

Merece la pena revisarlo. Si cumplías los requisitos y la bonificación no se aplicó, hay margen para reclamar, pero depende de las fechas y de cómo se tramitó el alta. Es un caso para mirar con detalle.

Yomando.es
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