Bonificación por conciliación familiar autónomos

Bonificación por Conciliación familiar de autónomos vinculada a la contratación

Desde hace algunos años el estado modificó el Estatuto del Trabajo Autónomo para que los emprendedores puedan conciliar la vida familiar y profesional.

Te explicamos de qué se trata la bonificación por conciliación familiar de autónomos, sus requisitos y obligaciones, y cómo puedes solicitarla.

Contenido

¿En qué consiste la ayuda para la conciliación familiar de los autónomos?

Con esta ayuda reflejada en el art.30 de la Ley 20/2007, y modificada en el RD 13/2022, obtendrás durante doce meses una bonificación en la cuota de autónomo.

Esta ayuda también se aplica a los autónomos que estén disfrutando de la cuota cero, ya que en verdad sí están abonando la la cuota a la Seguridad Social y simplemente su comunidad autónoma le está regresando dicha cantidad.

Esta ayuda será mayor cuanto más pagues de cuota.

Con el nuevo sistema de tramos de cotización, el ahorro puede llegar a 7080 euros en un año en el tramo 15. Sin embargo, un autónomo que paga la cuota con tarifa plana o cuota cero ahorrará 960 euros.

Porcentaje de bonificación de la cuota por conciliación familiar

La bonificación de la cuota por conciliación familiar es del 100% cuando el trabajador sea contratado a tiempo completo.

En caso de tratarse de un contrato a tiempo parcial, la bonificación de la cuota de autónomo será del 50%.

Cómo se calcula

Para el cálculo se tendrá en cuenta la base de cotización media que resulte de los doces meses previos del trabajador autónomo.

Si el trabajador autónomo llevara menos de doce meses de alta en el RETA , el cálculo se realiza aplicando desde la última fecha de alta, y el resultado se conseguirá multiplicando por 30 la división de la suma de las bases de cotización entre el número de días que estuviese de alta en este periodo.

¿En qué casos puede un autónomo acogerse a la bonificación por conciliación?

Para acceder a la bonificación del 100% de la cuota es necesario que se de alguno de estos supuestos:

  • Cuidar a un menor de 12 años que esté a tu cargo.
  • Estar a cargo de un familiar de primer o segundo grado que:
    • Tenga acreditada la situación de dependencia.
    • Con discapacidad intelectual, con parálisis cerebral o con una enfermedad mental, siempre que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • Tenga reconocido un grado de incapacidad por discapacidad física o sensorial igual o superior al 65% y que no efectúe una actividad laboral retribuida.

Requisitos para la bonificación por conciliación familiar y profesional del autónomo

El autónomo obtendrá automáticamente un respuesta favorable a su solicitud si se cumple algunos de los supuestos y cumple con las siguientes condiciones:

  • Estar dado de alta en el RETA y mantener ese estado de alta seis meses más allá del fin del disfrute de la bonificación.
  • Contratar a un trabajador un mínimo de tres meses, y en todo caso, durante todo el periodo el autónomo disfrute de la bonificación.
  • No tener ya trabajadores en el momento de solicitar la bonificación ni en los doce meses inmediatamente anteriores, salvo que este fuese contratado para sustituirte por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento o riesgo durante el embarazo o la lactancia.

¿El contrato del trabajador puede ser a tiempo parcial?

Sí, puede ser un contrato tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, pero en este último caso el porcentaje de la jornada laboral no puede ser inferior a un 50%.

¿Qué ocurre si me doy de baja como autónomo durante la bonificación por conciliación?

En caso de cursar la baja en el RETA, la Seguridad Social exigirá el reintegro de todas las cuotas bonificadas. Y no solo si la baja ocurre en el periodo bonificado, sino que lo solicitará si ésta sucede hasta seis meses después de disfrutar de esta ayuda.

¿Debo pagar la cantidad bonificada si despido al trabajador?

La Seguridad Social solo exigirá el reingreso de la parte bonificada si no se contratase al trabajador, o si fuese bonificada alguna cuota cuando el asalariado ya no estuviera trabajando para ti por motivo de despido o de baja voluntaria.

Eso sí. Si terminara la relación laboral por cualquier causa, y en cualquier momento, la bonificación continuará si contrata a otro trabajador en menos de 30 días.

Además, no tendrás que pagar la cantidad modificada si la extinción del contrato se da por las siguientes causas;

  • Despido por causas objetivas o por despido disciplinario.
  • Baja voluntaria.
  • Muerte.
  • Jubilación.
  • Incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez del trabajador o resolución durante el período de prueba.

¿La bonificación por conciliación es compatible con otras ayudas?

La bonificación de la cuota de autónomo por contratación para la conciliación familiar es compatible con otras ayudas relacionadas con el reclutamiento de asalariados.

Yomando.es
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